Todo lo que necesitas saber sobre la inversión en tu vivienda habitual

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inversión en tu vivienda habitual

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¿Has hecho obras en tu vivienda para que sea más eficiente desde el punto de vista energético?, ¿compraste tu vivienda antes de 2013 y no sabes si te puedes deducir lo que has pagado de hipoteca en 2021? Son dudas frecuentes relativas a la inversión en vivienda habitual y debes conocer la respuesta para saber cómo tributar y reducir tu carga fiscal si es posible.  


¿Qué se considera vivienda habitual en el IRPF? 


A efectos de la deducción en el IRPF se considera vivienda habitual la edificación que cumpla los siguientes requisitos: 


– Que sea la residencia del contribuyente de un durante un plazo continuado de al menos tres años. Se considera vivienda habitual, aunque no se cumpla este plazo cuando fallezca el contribuyente o se produzcan circunstancias como la celebración de un matrimonio, la separación matrimonial el traslado laboral o la obtención del primer empleo que supongan el cambio de domicilio. 

– Que el contribuyente habita de manera efectiva y permanente en un plazo no superior a 12 meses desde la fecha en que la adquiera o terminen las obras. 


¿Cuánto es la deducción por vivienda habitual? 


Las personas que han comprado una vivienda o que entienden la intención de comprarla se preguntan en qué consiste la deducción por inversión en vivienda habitual y si se puede aplicar. Para entender la situación actual debemos considerar los siguientes aspectos: 


Supresión de la deducción por adquisición de vivienda habitual


La deducción por inversión en vivienda habitual fue suprimida a partir del 1 de enero de 2013, pero se estableció un régimen transitorio cuando se cumplan determinados requisitos. Por lo tanto, si has comprado tu vivienda desde el 1 de enero de 2013 no podrás aplicar la deducción por vivienda habitual. 


Si compraste antes del 1 de enero de 2013 tu vivienda podrás aplicarle la desgravación siempre que cumplas los siguientes requisitos: 


– La adquisición de la vivienda debe haberse producido antes del 1 de enero 2013 o debes haber pagado cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la vivienda. 


– También se podrán deducir las cantidades que se hayan pagado antes del 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre y cuando esas obras hayan terminado antes del 1 de enero de 2017. 


– Finalmente, será posible la deducción de las cantidades que se hayan utilizado para realizar obras o instalaciones y adecuar la vivienda a las personas con discapacidad. En este caso las obras también tienen que haber finalizado el 1 enero de 2017. 


– Además, se asimila a la adquisición de vivienda: 


– La construcción o ampliación de la misma en los siguientes casos: La ampliación de la vivienda por aumento de la superficie habitable mediante el cerramiento de la parte descubierta o mediante otro medio que sea permanente y que dure todas las épocas del año. 

– La construcción, en el caso en que el contribuyente pague directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras o de cantidades a cuenta al promotor, siempre que las obras finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión. 

– En los casos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, las cantidades pagadas en el período impositivo para la adquisición de la vivienda habitual durante el matrimonio, siempre que tenga esa condición para los hijos comunes y el progenitor que tenga la custodia. 


¿Cuál es el importe máximo de la deducción por inversión en vivienda habitual?


Si cumples los requisitos para aplicar la deducción en vivienda es necesario que conozcas el importe máximo de deducción que es de 9.040 euros. En este importe se deben incluir las cantidades pagadas por la adquisición o rehabilitación de la vivienda, incluidos los gastos que haya pagado de adquirente, la amortización y los intereses de la hipoteca, etc. 


La cuantía máxima de deducción será única para todos los importes invertidos en la vivienda habitual, ya sea la adquisición, la rehabilitación, la construcción o la ampliación de la vivienda. Los únicos importes que tienen un límite propio solo relativos a las obras de adecuación de la vivienda para las personas con discapacidad. 


Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas


En este apartado se incluyen diversas deducciones: 


La deducción por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Esta deducción se aplica a la vivienda habitual o alquilada, pero se excluyen las segundas residencias, las viviendas turísticas, las plazas de garaje o los trasteros, entre otros. El plazo para realizar las obras es desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022. 


La deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. Se aplica también a la vivienda habitual o alquilada y se excluyen segundas residencias, viviendas turísticas etc. El plazo de realización de las obras es desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022. 


La deducción por rehabilitación energética de edificios. Se aplica a todo tipo de viviendas, salvo las afectas a una actividad económica. El plazo para realizar las obras va desde el 6 de octubre 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. 


Deducciones por inversión en vivienda habitual por comunidades autónomas


La deducción por inversión en vivienda habitual tiene una normativa estatal y otra autonómica por lo que existen diferencias entre una comunidad autónoma y otra. Las comunidades autónomas que aplican deducciones relativas a la vivienda habitual son las siguientes: 


Andalucía


Se aplican deducciones por la inversión en vivienda habitual protegida y por personas jóvenes menores de 35 años. 


Aragón


En Aragón se regulan deducciones por la adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo y por la adquisición o rehabilitación de viviendas en núcleos rurales o análogos con menos de 3.000 habitantes y por parte de contribuyentes menores de 36 años.


Asturias


Se aplican deducciones para la adquisición o adecuación de vivienda habitual del contribuyente con discapacidad y para los contribuyentes con los que convivan cónyuges ascendientes o descendientes con discapacidad. También existen deducciones para el caso de adquisición de una vivienda habitual protegida. 


Islas Baleares


En Baleares se aplican deducciones para la inversión en la mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual. 


En las islas Canarias existen deducciones para: 


– La restauración rehabilitación o reparación de bienes de interés cultural. 


– El traslado residencia habitual de una isla a otra por cambio de trabajo. 


– Las donaciones en metálico a descendientes menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de la primera vivienda habitual. 


– La inversión en vivienda habitual. 


– La adecuación de la vivienda a la discapacidad. 


– Las obras de rehabilitación para la eficiencia energética y reforma de la vivienda habitual.


Cantabria 


En Cantabria se aplican deducciones por obras de mejora o por el traslado de residencia habitual a una zona en riesgo de despoblamiento. 


Castilla-La Mancha


En el caso de Castilla-La Mancha se aplican deducciones por residencia habitual en zonas rurales, por adquisición rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales o por traslado. 


Castilla y León


En Castilla y León las deducciones serán de aplicación para el caso de adquisición de viviendas por jóvenes menores de 36 años en zonas rurales y por inversión en instalaciones medioambientales o adaptación de la vivienda a personas con discapacidad. Las deducciones también serán aplicables en el caso que eran vivienda de obra nueva como residencia habitual. 


Cataluña


En Cataluña se aplican deducciones por rehabilitación de la vivienda habitual. La base máxima de esta deducción es de 9.040 euros anuales. 


Comunidad Valenciana


En la Comunidad Valenciana se regulan varias deducciones por adquisición de vivienda habitual por personas con una edad igual o inferior a 35 años o por personas con discapacidad. También serán deducibles las cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual procedentes de ayudas públicas y los importes por obras de conservación o mejora de la sostenibilidad y accesibilidad de la vivienda. 


Extremadura


Extremadura regula deducciones para la adquisición y rehabilitación de vivienda habitual por parte de jóvenes o de víctimas del terrorismo. 


Galicia


En Galicia se pueden aplicar deducciones por inversión en instalaciones que empleen energías renovables, rehabilitación de inmuebles en centros históricos u obras de mejora para la eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares. 


La Rioja


En el caso de La Rioja se pueden aplicar deducciones en el supuesto de obras de rehabilitación de la vivienda habitual, la adquisición de vivienda por parte de jóvenes, la rehabilitación adquisición de una segunda vivienda en el medio rural, la adecuación de la vivienda a personas con discapacidad, la rehabilitación o adquisición de una vivienda en un municipio pequeño o la inversión en vivienda habitual por parte de jóvenes menores de 36 años. 


Murcia


Finalmente, en el caso de Murcia se aplican deducciones por la inversión en vivienda habitual por jóvenes con una edad igual o superior a 35 años o por inversión en recursos energéticos renovables. 


Tal y como has visto, las deducciones por inversión en vivienda habitual varían de un lugar a otro y es fundamental conocer la normativa y asesorarse para optimizar los impuestos y saber lo que te puedes deducir. ¿Tienes alguna duda más? Ponte en contacto con nosotros y la resolveremos.

Ana Vila

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