¿Los mayores de 65 años pagan plusvalía?

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se paga plusvalía mayores 65 años - Proddigia

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Si tienes más de 65 años y realizas una transmisión de un inmueble que genera un incremento patrimonial, te puede surgir la duda de si debes pagar o no la plusvalía municipal. En este post analizamos si los mayores de 65 años pagan plusvalía



¿Qué es la plusvalía municipal?


La plusvalía municipal es uno de los impuestos que se paga cuando se vende una vivienda y grava el incremento de valor que experimenta el suelo donde está construida la vivienda a lo largo del tiempo. 


La plusvalía se debe pagar durante los 30 días hábiles siguientes a la transmisión de la propiedad. 



Ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF y en la plusvalía municipal


Cuando una persona mayor de 65 años vende un inmueble se deben declarar varios impuestos que son los siguientes: 



IRPF por la ganancia o pérdida patrimonial


La persona mayor de 65 que vende un inmueble deberá incluir en su declaración del año siguiente al que se haya producido la venta los datos sobre la ganancia o pérdida patrimonial que haya tenido con dicha venta. 


La ganancia patrimonial es la diferencia que existe entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. Para calcular estos valores se deben considerar gastos y tributos asociados a la compraventa. 


Sobre la ganancia patrimonial se aplican una serie de porcentajes que varían del 19% al 26% en función del importe de dicha ganancia. 


Si no ha existido una ganancia patrimonial, sino una perdida, la persona no tendrá que pagar el IRPF, pero sí tendrá que incluir los datos de la compraventa en la declaración. 


En el caso de los mayores de 65 años el artículo 33.4 b) de la Ley del IRPF establece que estarán exentas del impuesto a las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años. 


Por lo tanto, si eres mayor de 65 años y vendes tu vivienda habitual no tendrás que pagar el IRPF, aunque sí tendrás que hacer la declaración de la renta. 



Plusvalía municipal


La plusvalía Municipal (impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana – IIVTNU), tal y como hemos visto anteriormente, es un impuesto municipal que grava el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana que se pone de manifiesto como consecuencia de la transmisión de un inmueble (herencia, donación y compraventa). 


El sujeto pasivo en la plusvalía municipal, según el artículo 106.1 b) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, es quien transmite el bien inmueble, por lo tanto, en el caso de la venta de una vivienda es el vendedor. 


La regulación de la plusvalía municipal no contempla que las personas mayores de 65 años estén exentas del pago del impuesto. Por lo tanto, si venden un inmueble tendrán que pagar este tributo, salvo que se produzcan pérdidas con la venta. En este caso, el Tribunal Constitucional ha determinado que no se paga la plusvalía. Sin embargo, en este supuesto se deberá comunicar la transmisión realizada y adjuntar la escritura de compraventa para acreditar que no se ha producido un incremento del valor. El ayuntamiento comprobará los datos y verificará si se tiene que pagar o no la plusvalía. 



Métodos para calcular la plusvalía municipal


El Real Decreto 26/2021 estableció dos métodos de cálculo del importe a pagar por la plusvalía municipal entre los que puede decidir el contribuyente para elegir el que sea más favorable. Los métodos son los siguientes: 


El método objetivo. En este caso el valor catastral del suelo se multiplica por el coeficiente legal en función del plazo de tiempo transcurrido entre la adquisición y la transmisión de la vivienda. 


El método de cálculo de incremento real o estimación directa. Se aplica cuando lo solicita el contribuyente. En este supuesto a los valores de adquisición y transmisión se les aplica el porcentaje correspondiente al valor catastral del suelo en el momento de la transmisión. Posteriormente se efectúa la diferencia de los valores obtenidos. 



Formas de pago de la plusvalía municipal en Barcelona


Para pagar la plusvalía municipal en Barcelona se pueden utilizar las siguientes formas: 


– Mediante internet. 

– Llamando al teléfono gratuito 010 o, si se llama fuera del área metropolitana, al teléfono 931 537 010. 

– Solicitando una cita previa en las OACS o en el IMH. 



¿Qué otros impuestos se deben pagar por una persona mayor de 65 años si vende una vivienda?


Además del IRPF y de la plusvalía municipal, cuando se vende un inmueble por parte de una persona mayor de 65 años, se deben considerar otros impuestos que son los siguientes: 


El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Es un impuesto municipal que deberá pagar el propietario del inmueble a 1 de enero de cada año. Por lo tanto, si se vende la vivienda el 25 de julio, el vendedor deberá pagar el IBI de ese año. Pero, es posible que el comprador y vendedor pacten el prorrateo del IBI en función del tiempo durante el que sean propietarios del inmueble en ese año. 


El recargo del IBI. Este impuesto, también denominado tributo metropolitano, se deberá pagar cuando se produce la venta de una vivienda en aquellos municipios que forman parte del área metropolitana de Barcelona y se destina a pagar los servicios de esa área. 



Consejos para ahorrar impuestos en la venta de una vivienda por mayores de 65 años


Si tienes más de 65 años y te has propuesto transmitir una vivienda de tu propiedad. Es necesario que tomes varias medidas para reducir la carga impositiva de la venta: 


Consulta con un asesor fiscal experto sobre las diversas posibilidades para realizar la transmisión.

Por ejemplo, en lugar de la venta de la vivienda a un hijo, puede ser viable una donación o una herencia. Es fundamental analizar cada caso y verificar en qué supuestos se pagan menos impuestos. 


Realiza los cálculos sobre el coste de la transmisión.

Es importante que, además de los impuestos que gravan la compraventa, se haga un cálculo sobre todos los gastos de la transmisión como los honorarios del notario o el coste de la inscripción en el registro de la propiedad. 


Solicita el fraccionamiento de pago.

Esta medida facilita el pago de impuestos como el IRPF o la plusvalía municipal. En el caso del IRPF puede solicitar un pago fraccionado en dos plazos. De manera que pagarás el 60% del importe cuando finalice la campaña de la renta y el 40% restante en el mes de noviembre. Para lograr el fraccionamiento deberás marcar la casilla correspondiente en la declaración de la renta y seleccionar el medio de pago que quieras utilizar. La plusvalía municipal se puede pagar en diversos plazos en algunos municipios. Pero en el caso de Barcelona si se trata de una transmisión onerosa como una compraventa, no es posible fraccionar el pago. 


Por lo tanto, sí se paga la plusvalía municipal por mayores de 65 años. Pero podrían quedar exentos de pagar el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida. Es esencial que se asesoren y que cuenten con la ayuda de consultores inmobiliarios expertos para realizar la venta de forma eficaz y rápida. 





Ana Vila

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